Arbitraje y Mediación en el ámbito arrendaticio. (SIN COLECCION) - Tapa blanda

Pérez-Ugena Coromina, María

 
9788491481034: Arbitraje y Mediación en el ámbito arrendaticio. (SIN COLECCION)

Sinopsis

En el ámbito inmobiliario, que exige una especial eficacia procesal, especialmente en términos de tiempo, es preciso utilizar sistemas de ADR´S como una forma de lograr más rápidamente y con menor coste la solución de los conflictos. Tanto en el ámbito general, referido al proceso arbitral como en el ámbito específico o en este caso de especialización en inmobiliario/ arrendamientos. El ámbito inmobiliario exige especialización, conocimiento de la materia. De hecho, la especialización es una de las ventajas que ofrece la utilización del arbitraje frente al proceso en vía jurisdiccional. La mediación participa sustancialmente de la naturaleza del contrato o convenio inter privados puesto que el mediador no soluciona, no adopta decisión alguna sobre la mejor solución del conflicto, sino que simplemente canaliza el debate de manera ordenada y conforme a los principios de la buena fe para tratar de conseguir que las partes solucionen el conflicto. De forma gráfica podríamos decir que las partes en la mediación son árbitros de sí mismos y la fuerza de su decisión deriva de su propia voluntad expresada en convenio escrito.  .

"Sinopsis" puede pertenecer a otra edición de este libro.

De la contraportada

En el ámbito inmobiliario, que exige una especial eficacia procesal, especialmente en términos de tiempo, es preciso utilizar sistemas de ADR´S como una forma de lograr más rápidamente y con menor coste la solución de los conflictos.Tanto en el ámbito general, referido al proceso arbitral como en el ámbito específico o en este caso de especialización en inmobiliario/ arrendamientos. El ámbito inmobiliario exige especialización, conocimiento de la materia. De hecho, la especialización es una de las ventajas que ofrece la utilización del arbitraje frente al proceso en vía jurisdiccional.La mediación participa sustancialmente de la naturaleza del contrato o convenio inter privados puesto que el mediador no soluciona, no adopta decisión alguna sobre la mejor solución del conflicto, sino que simplemente canaliza el debate de manera ordenada y conforme a los principios de la buena fe para tratar de conseguir que las partes solucionen el conflicto. De forma gráfica podríamos decir que las partes en la mediación son árbitros de sí mismos y la fuerza de su decisión deriva de su propia voluntad expresada en convenio escrito.

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